REACH "Usuarios de sustancias y preparados"

Función de los "usuarios downstream"

Según REACH (art. 3.12) un usuario downstream es: “cada persona natural o jurídica establecida en la UE, diferente a la de fabricante o importador, que utiliza una sustancia o preparado en actividades industriales o profesionales”.

Como usuario "downstream", debe averiguar si los componentes, individualmente o en un preparado, que utiliza, serán registrados para su aplicación. Su suministrador puede considerar la aplicación que usted le comunique como "uso identificado" y registrarla en el expediente de registro. Este procedimiento no se realiza automáticamente.

La información sobre las medidas de gestión de riesgos que Interflon facilita a sus usuarios "downstream" debe ser aplicada en el proceso de producción para garantizar un uso seguro de los componentes y preparados.

Según el reglamento, los usuarios downstream han de:

    • Seguir las instrucciones sobre la seguridad de las sustancias químicas que Interflon describe en la hoja de datos de seguridad (MSDS) y trabajar según las medidas de gestión de riesgos recomendadas en el MSDS.
    • Entregar el MSDS a los demás usuarios, evaluar los riesgos en los puestos de trabajo y aplicar las medidas de gestión de riesgos requeridas.
    • En el caso de que se exponga en el MSDS un escenario de exposición para el uso de un producto, aplicar las medidas de gestión de riesgos prescritas en su propia organización.
    • Guardar al menos durante diez años toda la información sobre una sustancia o preparado y estos facilitarlos previa solicitud a la autoridad competente o al ECHA.

Uso no identificado

Si el uso de una sustancia/preparado suministrada por Interflon se desvía del uso propuesto en el registro inicial (uso no identificado), REACH determina que el “usuario downstream”:

    • Deberá informar por escrito al representante local de Interflon sobre el uso, con el objetivo de obtener un uso identificado, o
    • Redactar un informe de seguridad químico y comunicar el uso a la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) (para 1 tonelada al año o más) y,
    • Redactar una hoja de datos de seguridad (MSDS) con formas identificativas de uso. El MSDS debe aportar información relevante sobre los escenarios de exposición, y medidas de seguridad y otra información relevante sobre el uso correcto de una sustancia química.

Su información se procesa en la confidencialidad más rigurosa y no estará disponible para terceras partes ni se utilizará para ningún propósito distinto a los estrictamente requeridos para el proceso de establecer contacto.

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